A través de una resolución que se publicará esta semana en el Boletín Oficial, el Gobierno dio un marco normativo a las FFAA en lo que será el apoyo logístico a las fuerzas de seguridad
Por Fernando Morales - Infobae
Si bien la intención del gobierno nacional era iniciar el lunes 30 de Julio el despliegue de unos 500 efectivos militares a la frontera norte de la Argentina, fue necesario demorarlo. La razón fundamental del retraso estuvo dada por una serie de planteos reglamentarios que – según dicen- en especial el jefe del Ejército, Claudio Pasqualini, efectuó a las autoridades políticas, y que tenían que ver principalmente con la correcta determinación de las llamadas "reglas de empeñamiento" que tendrán que observar los efectivos de las tres fuerzas en su apoyo a la seguridad interior.
Como es ya de público conocimiento, la asignación de tareas de apoyo logístico por parte de personal militar a sus pares de las fuerzas de seguridad no es algo novedoso. Tal accionar se encuentra perfectamente amparado en las leyes de defensa y seguridad interior vigentes.
No obstante, el decreto 727/06 había limitado severamente la posibilidad de actuación de las fuerzas armadas en el territorio nacional, permitiendo solo el uso de efectivos y medios para conjurar un ataque proveniente de un ejército regular de un tercer país. No obstante esta limitación, durante el anterior gobierno se implementaron operativos de cooperación entre fuerzas militares y policiales, conocidos como Fortín I y II y Escudo Norte. Según las actuales autoridades, sin la reforma ahora implementada, todo lo actuado anteriormente fue ilegal.
Luego de varias jornadas de trabajo en las que tuvo un rol destacado el Estado Mayor Conjunto de las FFAA, la resolución que se publicará esta semana en el Boletín Oficial pretende dar un marco normativo claro y preciso a las tropas afectadas al "Operativo Integración" y asimismo remarcar que no se ha derogado ni modificado ninguna ley del Congreso Nacional, ni tan solo el propio decreto 727/06 que solo ha sido parcialmente readecuado para posibilitar el nuevo rol de las Fuerzas Armadas.
La norma
En los considerandos de la Resolución 860 se establece en primera instancia que la "Defensa Nacional es una función indelegable del Estado Nacional". Este concepto es inmediatamente seguido por el que sostiene la necesidad del país de "contar con la capacidad de anticipar, disuadir y superar las amenazas, riesgos y desafíos del siglo XXI que afecten la seguridad nacional".
De la lectura de los párrafos siguientes y de acuerdo con la interpretación hecha por diversos especialistas consultados por Infobae, se desprende que la resolución avanza de lleno en el sentido de marcar en virtud de estas nuevas amenazas y nuevos escenarios, en una interacción entre Seguridad y Defensa, pero dejando en claro que no son lo mismo. "No podemos negar que la efectiva ocupación de los espacios con personal militar y de seguridad, permite conjurar amenazas que rozan ambas áreas de acción del Estado", afirma uno de los involucrados en la redacción de la normativa hoy en vigor.
Más allá de los diversos conceptos dogmáticos contenidos en los considerandos, la resolución ministerial se aboca luego a una clara definición de las reglas de juego con las que deberán operar los mandos militares en su rol de colaboradores de las fuerzas de seguridad.
(AFP)
En este sentido, la primera definición de importancia es que será el Estado Mayor Conjunto de las FFAA -actualmente bajo el mando del Teniente General VGM Bari del Valle Sosa y por intermedio de su Comando Operacional (en manos del General de División Carlos Pérez Aquino)- el organismo de la defensa nacional habilitado para disponer la afectación de personal y medios que se requieran para implementar el "Operativo Integración Norte". No pasa desapercibido el hecho del fuerte respaldo que esto otorga a los hombres del Ejército Argentino.
También la medida acota territorialmente –al menos por ahora- el accionar conjunto a la zona geográfica comprendida entre San Antonio de los Cobres (Salta) y Puerto Iguazú (Misiones) previendo que las tropas militares desplegadas entre tales coordenadas geográficas, realizan actividades de adiestramiento operacional y al mismo tiempo de apoyo social y sanitario a las comunidades locales. De esta manera – aclaran en Defensa- queda claro que no se está considerando un despliegue de tropas en centros urbanos de todo el país, tal como señalaban los opositores a la medida.
Un dato no menor y que será motivo de análisis a partir del desarrollo de las primeras operaciones conjuntas, será el resultado que tendrá la colaboración que la Armada Argentina pueda prestarle al personal de la Prefectura Naval. Ocurre que a diferencia de la buena relación institucional que existe entre el Ejército y la Gendarmería Nacional, en el agua ocurre todo lo contrario ya que desde que la que hoy es considerada como única autoridad marítima nacional, dejó de depender de la Armada, quedaron pendientes de ajuste muchas normas y reglamentos que hacen que hoy existan varias zonas de conflicto entre ambas instituciones. Por otra parte tanto en Defensa como en Seguridad son conscientes que tendrán que operar con gran cintura política para que finalmente las tropas navales acepten ponerse a las órdenes operativas de la fuerza policial marítima.
La parte secreta de la resolución
El art 7° de la resolución ministerial establece que la fijación de las "normas de comportamiento" que deberán observar los efectivos militares en todos los operativos en los que tomen parte, a partir del apoyo logístico que brindarán a las fuerzas federales de seguridad.
Fuentes del Ministerio de Defensa justifican este "secreto militar" en la sencilla razón que no resultaría lógico poner sobre aviso a los propios delincuentes narcotraficantes o terroristas, de las circunstancias en las que las FFAA podrían pasar de un rol pasivo o de apoyo al de una efectiva acción defensiva con empleo de armas.
Infobae está en condiciones de informar que en la redacción de estas "normas de comportamiento" se ha atendido en forma muy especial a cubrir las eventuales responsabilidades judiciales que puedan involucrar a un efectivo militar por obrar con un supuesto "exceso en el cumplimiento del deber" pero atendiendo asimismo a la necesidad del militar de no ver limitado su derecho a la "legítima defensa".
La oposición en alerta
Desde diversos sectores de la oposición se han presentado proyectos para intentar impedir que finalmente el "Operativo Integración" se ponga en marcha. Por el la lado del Frente para la Victoria y propiciado por el ex Ministro de Defensa Agustín Rossi, se ha confeccionado un proyecto de ley tan corto como contundente. "Artículo 1, derogase el decreto del PEN Número 683/18″.
Desde el PEN sostienen con firme convicción que esto es un mero hecho político sin consecuencias prácticas, ya que para el supuesto que la norma avanzara tanto en Diputados como en el Senado, esa supuesta ley jamás sería promulgada por el Presidente de la Nación.
Según declaró hace pocos días el propio Oscar Aguad en exclusiva para Infobae, el próximo 14 de agosto partirán los 500 efectivos que ya están preparados para cumplir su misión.
Por Fernando Morales - Infobae
Si bien la intención del gobierno nacional era iniciar el lunes 30 de Julio el despliegue de unos 500 efectivos militares a la frontera norte de la Argentina, fue necesario demorarlo. La razón fundamental del retraso estuvo dada por una serie de planteos reglamentarios que – según dicen- en especial el jefe del Ejército, Claudio Pasqualini, efectuó a las autoridades políticas, y que tenían que ver principalmente con la correcta determinación de las llamadas "reglas de empeñamiento" que tendrán que observar los efectivos de las tres fuerzas en su apoyo a la seguridad interior.
Como es ya de público conocimiento, la asignación de tareas de apoyo logístico por parte de personal militar a sus pares de las fuerzas de seguridad no es algo novedoso. Tal accionar se encuentra perfectamente amparado en las leyes de defensa y seguridad interior vigentes.
No obstante, el decreto 727/06 había limitado severamente la posibilidad de actuación de las fuerzas armadas en el territorio nacional, permitiendo solo el uso de efectivos y medios para conjurar un ataque proveniente de un ejército regular de un tercer país. No obstante esta limitación, durante el anterior gobierno se implementaron operativos de cooperación entre fuerzas militares y policiales, conocidos como Fortín I y II y Escudo Norte. Según las actuales autoridades, sin la reforma ahora implementada, todo lo actuado anteriormente fue ilegal.
Luego de varias jornadas de trabajo en las que tuvo un rol destacado el Estado Mayor Conjunto de las FFAA, la resolución que se publicará esta semana en el Boletín Oficial pretende dar un marco normativo claro y preciso a las tropas afectadas al "Operativo Integración" y asimismo remarcar que no se ha derogado ni modificado ninguna ley del Congreso Nacional, ni tan solo el propio decreto 727/06 que solo ha sido parcialmente readecuado para posibilitar el nuevo rol de las Fuerzas Armadas.
La norma
En los considerandos de la Resolución 860 se establece en primera instancia que la "Defensa Nacional es una función indelegable del Estado Nacional". Este concepto es inmediatamente seguido por el que sostiene la necesidad del país de "contar con la capacidad de anticipar, disuadir y superar las amenazas, riesgos y desafíos del siglo XXI que afecten la seguridad nacional".
De la lectura de los párrafos siguientes y de acuerdo con la interpretación hecha por diversos especialistas consultados por Infobae, se desprende que la resolución avanza de lleno en el sentido de marcar en virtud de estas nuevas amenazas y nuevos escenarios, en una interacción entre Seguridad y Defensa, pero dejando en claro que no son lo mismo. "No podemos negar que la efectiva ocupación de los espacios con personal militar y de seguridad, permite conjurar amenazas que rozan ambas áreas de acción del Estado", afirma uno de los involucrados en la redacción de la normativa hoy en vigor.
Más allá de los diversos conceptos dogmáticos contenidos en los considerandos, la resolución ministerial se aboca luego a una clara definición de las reglas de juego con las que deberán operar los mandos militares en su rol de colaboradores de las fuerzas de seguridad.
(AFP)
En este sentido, la primera definición de importancia es que será el Estado Mayor Conjunto de las FFAA -actualmente bajo el mando del Teniente General VGM Bari del Valle Sosa y por intermedio de su Comando Operacional (en manos del General de División Carlos Pérez Aquino)- el organismo de la defensa nacional habilitado para disponer la afectación de personal y medios que se requieran para implementar el "Operativo Integración Norte". No pasa desapercibido el hecho del fuerte respaldo que esto otorga a los hombres del Ejército Argentino.
También la medida acota territorialmente –al menos por ahora- el accionar conjunto a la zona geográfica comprendida entre San Antonio de los Cobres (Salta) y Puerto Iguazú (Misiones) previendo que las tropas militares desplegadas entre tales coordenadas geográficas, realizan actividades de adiestramiento operacional y al mismo tiempo de apoyo social y sanitario a las comunidades locales. De esta manera – aclaran en Defensa- queda claro que no se está considerando un despliegue de tropas en centros urbanos de todo el país, tal como señalaban los opositores a la medida.
Un dato no menor y que será motivo de análisis a partir del desarrollo de las primeras operaciones conjuntas, será el resultado que tendrá la colaboración que la Armada Argentina pueda prestarle al personal de la Prefectura Naval. Ocurre que a diferencia de la buena relación institucional que existe entre el Ejército y la Gendarmería Nacional, en el agua ocurre todo lo contrario ya que desde que la que hoy es considerada como única autoridad marítima nacional, dejó de depender de la Armada, quedaron pendientes de ajuste muchas normas y reglamentos que hacen que hoy existan varias zonas de conflicto entre ambas instituciones. Por otra parte tanto en Defensa como en Seguridad son conscientes que tendrán que operar con gran cintura política para que finalmente las tropas navales acepten ponerse a las órdenes operativas de la fuerza policial marítima.
La parte secreta de la resolución
El art 7° de la resolución ministerial establece que la fijación de las "normas de comportamiento" que deberán observar los efectivos militares en todos los operativos en los que tomen parte, a partir del apoyo logístico que brindarán a las fuerzas federales de seguridad.
Fuentes del Ministerio de Defensa justifican este "secreto militar" en la sencilla razón que no resultaría lógico poner sobre aviso a los propios delincuentes narcotraficantes o terroristas, de las circunstancias en las que las FFAA podrían pasar de un rol pasivo o de apoyo al de una efectiva acción defensiva con empleo de armas.
Infobae está en condiciones de informar que en la redacción de estas "normas de comportamiento" se ha atendido en forma muy especial a cubrir las eventuales responsabilidades judiciales que puedan involucrar a un efectivo militar por obrar con un supuesto "exceso en el cumplimiento del deber" pero atendiendo asimismo a la necesidad del militar de no ver limitado su derecho a la "legítima defensa".
La oposición en alerta
Desde diversos sectores de la oposición se han presentado proyectos para intentar impedir que finalmente el "Operativo Integración" se ponga en marcha. Por el la lado del Frente para la Victoria y propiciado por el ex Ministro de Defensa Agustín Rossi, se ha confeccionado un proyecto de ley tan corto como contundente. "Artículo 1, derogase el decreto del PEN Número 683/18″.
Desde el PEN sostienen con firme convicción que esto es un mero hecho político sin consecuencias prácticas, ya que para el supuesto que la norma avanzara tanto en Diputados como en el Senado, esa supuesta ley jamás sería promulgada por el Presidente de la Nación.
Según declaró hace pocos días el propio Oscar Aguad en exclusiva para Infobae, el próximo 14 de agosto partirán los 500 efectivos que ya están preparados para cumplir su misión.
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