
Con reiterados despliegues de aviones de ataque IA-58 Pucará llevados a cabo durante los últimos días, la Fuerza Aérea Argentina se encuentra incrementando su presencia en el aeródromo que comparten las localidades de General Mosconi y Tartagal. Esta situación se debe a la cesión por parte de la provincia de Salta de un sector en el cual la FAA establecerá la Base Aérea Militar de Despliegue Operativo Tartagal, con el propósito de apoyar las operaciones de vigilancia en el marco de los operativos Fortín II y Escudo Norte.
Fuentes: FM Alba, Gobierno de Salta Decreto 3819/14
Foto: FAA (representativa)
Contrato de comodato celebrado con la Dirección General de Aviación Civil de la Provincia de Salta y la Fuerza Aérea Argentina, con destino a funcionamiento de Base Aérea Militar
CONSIDERANDO:
Que el referido convenio tiene como propósito la cesión de un sector del inmueble de mayor extensión, identificado con la Matrícula N° 16.630, del Departamento San Martín, de propiedad de la Provincia de Salta, para ser destinado al emplazamiento y puesta en funcionamiento de una Base Aérea Militar de Despliegue Operativo (Bamdo Tartagal) e instalaciones complementarias;
Que las citadas obras se relacionan con el Operativo Escudo Norte, que fue implementado a nivel nacional, mediante el Decreto Nacional N° 1.091/11, prorrogado por su similar N° 2.221/13, y tiene como finalidad incrementar la vigilancia y el control del espacio terrestre, fluvial y aéreo en las fronteras del noreste y noroeste del país, así como la detención y puesta a disposición de las autoridades judiciales de los incursores ilegales;
Que en tal contexto su emplazamiento en el área de frontera de la provincia, ciertamente constituye un avance importante en el marco de la lucha contra el delito y la violencia asociada principalmente al narcotráfico, a la trata de personas y al contrabando, así como en la protección del espacio aéreo argentino, por lo que deviene necesaria la aprobación del Convenio;
Que el comodato, constituye un préstamo de uso gratuito que se perfecciona con la entrega de la cosa (artículo 2.255 y sig. Código Civil); encontrándose el Poder Ejecutivo, como administrador de los bienes del Fisco, facultado a celebrar convenios en tal sentido, cuando existan contraprestaciones de interés económico o social y siempre que la cesión no entorpezca los servicios regulares del Estado (Artículo 22 del Régimen de Contabilidad y Control del Patrimonio del Estado, modificado por Decreto N° 2.353/86, Decreto 4.313/98, 3.263/00 y 1.372/05). En el presente caso se encontrarían cumplimentados tales recaudos en atención al objetivo perseguido por la Fuerza Aérea Argentina;
Que en autos tomaron la debida intervención los órganos técnicos y jurídicos pertinentes;
Por ello,
El Gobernador de la provincia de Salta
D E C R E T A:
Artículo 1° - Apruébase el Contrato de Comodato celebrado entre la Dirección General de Aviación Civil de la Provincia de Salta, por una parte, y la Fuerza Aérea Argentina, por la otra, el que como Anexo forma parte del presente.
Art. 2º - Dése intervención a la Dirección General de Inmuebles para su toma de razón.
Art. 3º - Comuníquese al Fondo de Administración y Disposición de los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Provincial y a Contaduría General de la Provincia, a los efectos pertinentes.
Art. 4º - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 5º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta - Vía http://www.aviacionargentina.net/foros/discusiones-generales.14/5697-noticias-plan-escudo-norte-24.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario