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jueves, 3 de marzo de 2016

Se aprobó la utilización de pistolas Taser en Argentina

Se aprobó la utilización de pistolas Taser para la Policía Metropolitana.

El máximo tribunal confirmó su uso por parte de la Policía Metropolitana. Las polémicas armas producen descargas eléctricas y fueron duramente cuestionadas por su peligrosidad. ... 

A partir de ahora, la Corte aprobó la utilización de las pistolas Taser.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la utilización por parte de la Policía Metropolitana de las polémicas pistolas Taser, que producen descargas eléctricas, al rechazar por "prematuro" un recurso contra la sentencia de un tribunal superior que había avalado su uso.



En un fallo, la Corte desestimó el recurso de queja contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que había rechazado la acción promovida contra el Gobierno porteño con el objeto de que se impida la utilización de las armas denominadas "no letales" Taser x 26 por parte de la Policía Metropolitana.



El amparo presentado por un vecino de la ciudad de Buenos Aires, Carlos Pisoni, sostenía que el uso de dichas armas era de extrema peligrosidad al punto de constituir una tortura y que, por lo tanto, comprometía sus derechos personales -y de los habitantes de la ciudad- a la vida, la salud y la integridad física.



El Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la demanda al subrayar que no se había demostrado la existencia de un daño concreto para impugnar la adquisiciónde esas armas porque aún restaba esperar la definición de un protocolo de actuación para el uso de esa clase de dispositivos.



Por último, la justicia enfatizó que era insostenible la afirmación de que fueran a ser usadas mediante un obrar inconstitucional por la policía local, porque demostraba lo hipotético del planteo, en la medida en que el demandante jamás había sido objeto de práctica alguna de parte.



Frente a los términos de la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, de que no se estaba frente a un agravio actual del demandante, la Corte Suprema de Justicia, con los votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, se inclinó por no tomar intervención por razones formales y desestimó el recurso por "prematuro".

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